Tucumán: La justicia ratificó las leyes de profesionalidad de los visitadores médicos
El fallo señala que “conforme al principio de distribución de competencias, las provincias se reservan su derecho público interno, es decir, todo lo que es materia legislativa, ejecutiva y judicial dentro del ámbito que le es propio y en ejercicio de esa atribución la Honorable Legislatura de Tucumán dictó la ley Provincial nº5926 que reglamenta el ejercicio de la actividad del APM”.
De este modo, la justicia provincial confirmó la plena vigencia de las leyes de profesionalidad provinciales y de la “territorialidad” cuestionada por las cámaras empresarias durante la ronda paritaria con los visitadores médicos. La “territorialidad” forma parte de la ley y define que son los Ministerios o Secretarías de Salud de cada localidad los que regulan y reglamentan el ejercicio de la profesión de los Agentes de Propaganda Médica. La modificación de leyes excede por completo la materia de discusión de una paritaria.
Pese a que los laboratorios difunden información falsa que señala que este aspecto de las leyes de profesionalidad es inconstitucional, el fallo indica claramente que “tales normas no contrarían los art. 14 y 14 bis de la Constitución Nacional por cuanto el derecho constitucional de trabajar, que emerge del primero de los artículos (…) no son absolutos sino que están limitados por las leyes que reglamentan su ejercicio”.
fuente: aapmra.com
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